SCJN permite desbloqueo provisional en la lista de personas bloqueadas de la UIF
09/11/2024 | Esta resolución permite que los jueces de amparo puedan conceder la eliminación provisional de personas o empresas incluidas en dicha lista al otorgar suspensiones provisionales. | Elimparcial-elimparcial-prod.web.arc-cdn.net, MÉXICO
La reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la Lista de Personas Bloqueadas (LPB), administrada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), ha generado preocupación en el gobierno federal, especialmente en la entidad dirigida por Pablo Gómez.
Esta resolución permite que los jueces de amparo puedan conceder la eliminación provisional de personas o empresas incluidas en dicha lista al otorgar suspensiones provisionales.
Esto significa que cualquier individuo o entidad enlistada podría desbloquear sus cuentas bancarias y seguir operando en el sistema financiero aun cuando existan sospechas de vínculos con delitos financieros.
¿Qué implica esta decisión?
La SCJN, con el voto de tres de sus cinco integrantes, desarrolló una jurisprudencia que otorga la posibilidad de que, mediante un amparo, se excluya temporalmente a personas físicas o morales de la lista de la UIF. De esta forma, los sujetos afectados pueden tener acceso inmediato a sus fondos sin que necesariamente se demuestre la lícita procedencia de estos recursos.
Según la UIF, esta decisión compromete la eficacia de las medidas que se han implementado para proteger el sistema financiero mexicano. La lista, que hasta ahora ha sido una herramienta preventiva para combatir el lavado de dinero, la delincuencia organizada y la corrupción, se ve debilitada al permitir que personas con indicios de actividades ilícitas puedan reintegrarse al sistema financiero de forma provisional.
Posibles consecuencias de la eliminación provisional
La UIF ha señalado que permitirá el acceso a los recursos de aquellos que han sido bloqueados representa, en la práctica, una sentencia anticipada a su favor, antes de que se resuelva de manera definitiva el amparo.
Esto conlleva riesgos significativos, ya que dichos fondos podrían ser transferidos a otras cuentas o incluso retirados, complicando el rastreo y bloqueo en investigaciones posteriores.
Además, esta medida:
1. Debilita la capacidad preventiva de la UIF para detectar y frenar operaciones con recursos de procedencia ilícita.
2. Afecta el cumplimiento de los estándares internacionales en la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, en los cuales México se ha comprometido.
3. Entorpece la colaboración internacional, dado que otras naciones podrían dudar de la capacidad de México para retener fondos sospechosos.
Antecedentes y contexto
La UIF ya había enfrentado un revés con una resolución previa de la SCJN, que desarrolló mayores requisitos para que la unidad pueda bloquear cuentas a solicitud de autoridades extranjeras. Esto implica que la UIF no puede agregar a la LPB a individuos señalados por otros países sin un proceso más riguroso.
La postura de la UIF
La Unidad, en su comunicado, argumenta que esta nueva jurisprudencia mina la naturaleza preventiva de la lista y contradice su propósito de proteger el interés social y el orden público.
De acuerdo con la UIF, excluir provisionalmente a individuos de la lista sin resolver el fondo del asunto debilita la estrategia de seguridad pública del gobierno y abre la puerta para que recursos vinculados a actividades ilícitas se movilicen sin restricciones.
¿Qué sigue para la UIF?
Ante esta situación, la UIF podría necesitar ajustar sus estrategias legales y operativas para fortalecer la protección del sistema financiero. Es posible que la unidad explore nuevas vías de colaboración con otras entidades gubernamentales y organismos internacionales para mitigar los efectos de esta jurisprudencia y asegurar que su capacidad de detectar y prevenir operaciones ilícitas no se vea comprometida.
En un entorno en el que la delincuencia organizada y el lavado de dinero representan una amenaza constante, este fallo podría tener repercusiones significativas en la capacidad de las autoridades mexicanas para mantener la integridad del sistema financiero y avanzar en los objetivos de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
FUENTE: Elimparcial-elimparcial-prod.web.arc-cdn.net, MÉXICO
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