Legislación y Noticias Argentina, 18 de octubre de 2024
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NACIONAL

Actualización de la Certificación en materia de PLD/FT

Documento oficial | La CNBV publicó la lista de personas que obtuvieron el certificado en julio y dio a conocer información relevante del proceso 2024. | Redacción "Prevenciondelavado.com"


La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó el Listado de Julio 2024 de las personas que obtuvieron el certificado en materia de PLD/FT y que otorgaron su consentimiento para la publicación de datos personales

 

Asimismo, a través de las preguntas frecuentes, dio detalles acerca de la Certificación en materia de PLD/FT. A continuación, un resumen de las destacadas:


¿Quiénes están obligados a contar con la certificación?
• Auditores internos o externos responsables de elaborar el informe de auditoría de los sujetos obligados.
• Oficiales de cumplimiento de Transmisores de Dinero y Centros Cambiarios cuando se registren ante esta CNBV para iniciar operaciones.
• Oficiales de cumplimiento de las Instituciones de Tecnología Financiera.
 

¿Cuáles son los requisitos para la obtención del certificado?
Deberán adjuntar la información y documentación siguiente:
• Identificación oficial vigente expedida por autoridad mexicana, la cual podrá ser la credencial para votar, el pasaporte, la cédula profesional o la licencia para conducir.
Tratándose de personas físicas de nacionalidad extranjera, será necesario presentar el pasaporte y el documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su calidad migratoria y su legal estancia en territorio nacional.
• Currículum actualizado.
• Carta bajo protesta de decir verdad de que no se encuentra en los supuestos a que se refiere el artículo 9, fracciones I y II de las Disposiciones para la Certificación, así como que la información y documentación proporcionada conforme al artículo 8 de las mismas Disposiciones, es veraz.
• Comprobante del pago de derechos por concepto de certificación, el cual, una vez que haya sido aceptada su solicitud, no podrá volver a ser utilizado, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, en cuyo caso se deberá acreditar documentalmente.
• Las demás señalada en el Instructivo.


Son impedimentos para obtener el Certificado los siguientes:
• Haber sido sentenciado por algún delito patrimonial.
• Estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano o de cualquier otro país.
• La suspensión vigente, cancelación o revocación de algún registro para fungir como auditor externo independiente, o bien, que le haya sido revocado previamente algún Certificado por parte de la Comisión u otra certificación emitida por algún organismo autorregulatorio reconocido en términos de las disposiciones legales aplicables.
• Encontrarse en las listas oficiales que emitan autoridades mexicanas, organismos internacionales, agrupaciones intergubernamentales o autoridades de otros países, de personas vinculadas o probablemente vinculadas con operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo o su financiamiento, o con otras actividades ilegales.
 

¿El certificado que emite la CNBV cuenta con alguna vigencia?
El certificado tendrá una vigencia de 5 años. En ese sentido, se sugiere que las personas interesadas en renovar su certificado se inscriban en el proceso inmediato anterior al que venza su certificado. Lo anterior, con la finalidad de que las mismas puedan mantener su certificación de manera ininterrumpida, y que la falta de este no interfiera con el desarrollo de sus actividades.
 

¿Cuándo puedo solicitar la renovación del certificado en materia de PLD/FT?
En cualquier proceso de los referidos en la convocatoria que para tal efecto se publique, es decir, una vez que usted cuente con un certificado en materia de PLD/FT, podrá decidir en qué proceso de certificación se inscribirá para renovar el mismo, cabe mencionar que la expedición de un nuevo certificado dejará sin efectos el emitido con anterioridad.

¿Qué pasa si mi certificado vence en 2024?
De conformidad con la Base Octava de la "Convocatoria para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo" (Convocatoria), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre del 2023, los Certificados en materia de PLD/FT, vencerán de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 18 de las Disposiciones para la Certificación, por lo que, a efecto de que las personas interesadas en renovarlo lo mantengan vigente, deberán presentar su solicitud de renovación en el proceso de certificación en el que la notificación de los resultados de la evaluación correspondiente, se realice previo a que venza.
En caso de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores resuelva no realizar, aplazar o recalendarizar alguna de las evaluaciones mencionadas en la Base CUARTA de la Convocatoria, los Certificados en materia de PLD/FT de los participantes a que se refiere el párrafo anterior, continuarán vigentes hasta la notificación de los resultados de la evaluación a la que se hayan inscrito, siempre y cuando su solicitud de renovación haya sido aceptada. La expedición de un nuevo Certificado en materia de PLD/FT dejará sin efectos el expedido con anterioridad de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de las Disposiciones para la Certificación.

¿Cuál será el medio para llevar a cabo el proceso de certificación?
El registro, solicitud, envío de información y documentación, las notificaciones relacionadas con el proceso de certificación, así como la consulta de resultados de la evaluación, se realizarán de forma electrónica a través del portal de Internet http://www.gob.mx/cnbv , en la pestaña "Acciones y Programas" se debe ingresar al apartado "Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT)", posteriormente en la sección denominada "Certificación CNBV en materia de PLD/FT" ingresar a la opción "Inicio para el Proceso de Certificación PLD/FT", conforme a las especificaciones, términos y condiciones señalados en las "Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre 2019.  El cotejo de los documentos enviados electrónicamente con los originales será llevado a cabo en forma previa a que los participantes sustenten su evaluación. La CNBV le notificará la fecha, hora y lugar en la que debe presentarse para tales efectos. 

¿De qué manera la CNBV expedirá el certificado?
El certificado se emitirá electrónicamente y contendrá la fecha de emisión, y será expedido bajo los estándares de seguridad e inviolabilidad que la propia CNBV considere. La lista de las personas certificadas será pública y podrá consultarse en la página de Internet de la CNBV, previo consentimiento del participante.

¿Cuál es el importe del pago que se debe cubrir por concepto de certificación?
Para el ejercicio fiscal 2024 tendrá un costo de $16,558.00 (dieciséis mil quinientos cincuenta y ocho pesos 00/100 M.N.).
 

¿Qué sucede si se hubiera realizado el pago por concepto de certificación con el monto aplicable para el ejercicio 2023?
En este caso, la CNBV lo prevendrá por no estar completo el pago; ante dicha prevención, es necesario que solicite la hoja de ayuda correspondiente al correo siguiente: certificacion.pago@cnbv.gob.mx, para pagar la diferencia respectiva que es de $686.00 (seiscientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N).Una vez efectuado el pago por el monto faltante, deberá digitalizarlo y enviarlo en un mismo archivo, junto con el primer pago.

 

Links de interés

Preguntas Frecuentes

Lista de personas que obtuvieron el certificado en PLD/FT

 

Redacción "Prevenciondelavado.com"